REGULACIÓN DE LAS COOKIES

La ley de cookies se encuentra contenida en el Real Decreto-ley 13/2012 de 30 de marzo de 2012, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2012 y en vigor desde el 1 de abril del mismo año (es de cumplimiento obligado bajo pena de sanción). Reflejo de la Directiva europea de 2009, este decreto-ley se integra en el artículo 22 de la Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI) en 2014. En él queda clara la necesidad de contar con la conformidad del usuario respecto al uso de sus datos mediante la instalación en su terminal de dispositivos de almacenamiento, tales como cookies, y la necesidad de avisar al usuario previamente. Solo se excluyen aquellas cookies necesarias para el funcionamiento de la página.

 

En caso de que la página web en cuestión utilice cookies que no sean necesarias para la navegación, según lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, se debe proceder a regular el web site según las indicaciones de esta ley, así como de la Agencia Española de Protección de Datos.

 

Mayo 2020

 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha actualizado la Guía sobre el uso de las “cookies” para adaptarla a las Directrices sobre consentimiento modificadas en mayo de 2020 por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD).

En esta guía, la AEPD hace una explicación de las tipologías de “cookies”, como se debe de informar para cumplir con la legislación y la interpretación de las Directrices 05/2020 sobre la interpretación del consentimiento:

La Guía recomienda el cambiar el “seguir navegando” con un “acepto” en el cual deja más claro que el consentimiento por parte del usuario es más claro y sobre todo inequívoco.

 

Acceso al web site

 

Obligación de obtención del consentimiento antes de instalar las cookies: podrá recabarse mediante las siguientes formulas:

 

En ambos casos debe incluirse siempre un enlace a la segunda capa informativa y el usuario debe poder revocar el consentimiento en cualquier momento y de forma sencilla.

 

El acceso al web site, debe contener una información resumida en relación a las cookies empleadas:

 

Se pueden utilizar nuevos mecanismos de obtención del consentimiento, como por ejemplo a través de plataformas de gestión del consentimiento (consent management platform o CMP). 

 

Una de las plataformas mas utilizada es la de:https://www.cookiebot.com/es/ o también:

https://cookiefirst.com